Recordamos que en ningún caso el aumento podrá ser para ningún trabajador del site inferior a 80€ mensuales tal como acordamos en el siguiente articulo de nuestro pacto de articulación:
Art. 43- Incremento salarial.- El incremento de la masa salarial para el año 2007, será del 2,9%; para los restantes años de vigencia de este pacto, el incremento mínimo garantizado será, considerando la aplicación del CGIQ, su reserva y las tablas que figuran en el anexo nº 9, de 1.200 euros anuales.
Cláusula de revisión, para el año 2007, 2008 y 2009 según lo previsto en el XV Convenio General de la Industria Química.
Acta de revisión salarial XV C.G.I.Q
http://ugt.seccion.sindical.basf.googlepages.com/ACTAREVISIN.CGIQ.pdf
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